25/1/10

Corte Suprema 25.01.2010

Santiago, veinticinco de enero de dos mil diez.

Vistos y teniendo presente:

PRIMERO: Que en estos autos Rol Nº 9340-2009, don Diego Perales Roehrs, por Chilectra S.A., ha interpuesto recurso de hecho en contra de la resolución dictada por la Primera Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago de fecha 10 de diciembre último, en la causa Rol Nº 6343-2009 sobre recurso de reclamación ante la Superintendencia de Electricidad y Combustibles. La decisión recurrida no dio lugar por improcedente a la apelación que dedujo respecto de la sentencia definitiva pronunciada en ese proceso.

Solicita que se acoja el presente recurso de hecho y, en consecuencia, se conceda en ambos efectos la referida apelación;

SEGUNDO: Que al informar los ministros recurridos exponen que la resolución impugnada a través de este arbitrio fue repuesta mediante resolución de treinta de diciembre pasado, disponiéndose conceder la apelación presentada en contra de la sentencia definitiva recaída en procedimiento de reclamación previsto en la Ley 18.410 y se ordenó elevar los antecedentes ante el tribunal superior;

TERCERO: Que lo expuesto determina que el recurrente carezca de agravio porque lo pedido por el recurso ya fue otorgado por el tribunal de primera instancia, lo que conduce a que el recurso sea inadmisible.

De conformidad, asimismo, con lo que disponen los artículos 203, 204 y 205 del Código de Procedimiento Civil, se declara que el recurso de hecho deducido en lo principal de la presentación de fojas 3, contra la resolución de diez de diciembre último, pronunciada en los autos rol de la Corte de Apelaciones de Santiago Nº 6343-2009, es inadmisible.

Regístrese y devuélvase, previa agregación de copia autorizada de esta resolución en los autos en que ella incide.

Rol Nº 9340-2009.

Pronunciado por la Tercera Sala de esta Corte Suprema, integrada por los Ministros Sra. Sonia Araneda, Sr. Carlos Künsemüller, Sr. Rosa Egnem y los Abogados Integrantes Sr. Domingo Hernández y Sr. Guillermo Ruiz. Santiago, 25 de enero de 2010.

Autorizada por la Secretaria subrogante de esta Corte Sra. Carola Herrera Brümmer.

En Santiago, a veinticinco de enero de dos mil diez, notifiqué en Secretaría por el Estado Diario la resolución precedente.

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