20/1/10

Corte Suprema 20.01.2010

Santiago, veinte de enero de dos mil diez.

Vistos y teniendo en consideración:

1° Que el recurso de queja tiene, por exclusiva finalidad, corregir las faltas o abusos graves cometidos en la dictación de resoluciones de carácter jurisdiccional.

2° Que por medio del recurso interpuesto a fojas 2, se impugnan dos sentencias que se han pronunciado sobre el mismo asunto y en el mismo sentido, con lo que queda de manifiesto que el recurrente pretende discutir en sede disciplinaria un asunto ya resuelto a través de las instancias respectivas, lo que importa que ya se ha hecho uso de otros recursos legales.

De conformidad, además, con lo dispuesto en el Nº 19 del Auto Acordado de esta Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo de Recurso de Queja y letra a) del artículo 549 del Código Orgánico de Tribunales, se declara inadmisible el recurso de queja interpuesto en lo principal de fojas 2.

Al primer otrosí, a sus antecedentes. Al segundo, estése al mérito de lo resuelto. Al tercero, téngase presente.

Regístrese y archívese.

Rol Nº 9294-09.

Pronunciado por la Segunda Sala integrada por los Ministros Sres. Nibaldo Segura P., Jaime Rodríguez E., Hugo Dolmestch U. Carlos Künsemüller L. y el abogado integrante Sr. Domingo Hernández E.

Autorizada por la Secretaria Subrogante de esta Corte Suprema doña Carola Herrera Brummer.

En Santiago, a veinte de enero de dos mil diez, notifiqué en Secretaría por el Estado Diario la resolución precedente.

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